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Aumento de tributación en vivienda = Cataluña, la más cara

14 Junio, 2010 1 Comentario

Tras el anuncio del Gobierno del aumento del IVA reducido (del 7% al 8%), que grava la compraventa de viviendas nuevas, vemos que la respuesta de las Comunidades Autónomas ha sido elevar, a su vez, el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) aplicable a la compra de viviendas de segunda mano.

Cantabria, Andalucía, Asturias, Baleares, Cataluña y Extremadura son las Comunidades Autónomas que han anunciado que subirán el ITP del 7% al 8%, encareciendo la compra de vivienda, a efectos fiscales, con respecto al resto de España.

Como siempre, hay excepciones a la regla:

  • Canarias aplica el tipo del 6.5%, porque aquí el IVA no se aplica y en su lugar, hay un impuesto indirecto con un tipo menor.
  • Cantabria y Andalucía sólo gravarán al 8% la compraventa de casas a partir de 300.000 € y 400.000 €, respectivamente. Aquí podemos adivinar la picaresca que podría aparecer…

subida de impuestos para comprar viviendaSi suponemos una casa de compra de 300.000 €, en Cataluña, Asturias, Baleares, Cantabria y Extremadura se pagarían 24.000 € de impuestos; mientras que en el resto del país se pagarían 3.000 € menos.

En Cataluña, además de ésto, hay que sumarle el pago del impuesto de actos jurídicos documentados (para la constitución de prestamos hipotecarios el tipo estaba al 1%) y que la Generalitat ha anunciado la subida al 1.2%%.

En resumen, Cataluña tiene el IRPF alto y además es el territorio donde comprar una casa de obra nueva o de segunda mano resulta más caro.

Nuevas medidas & castigo fiscal a la vivienda

2 Octubre, 2009 No hay comentarios

Lo que el mercado inmobiliario estaba esperando es que el precio de la vivienda, que ha ido bajando durante los últimos meses, siguiese bajando o como mínimo que se quede como está.

impuestosPero hay una serie de medidas impuestas desde el Gobierno, que van a hacer que la vivienda se encarezca más y también su financiación, retrasándose así la recuperación del sector, ya que no se incentiva la demanda. 

Los gastos que esta nueva normativa ocasiona estan incluidos en el precio final de la vivienda: se eleva un 20% el coste de la casa sobre el que debería ser su valor real de mercado (si no se hubiesen aplicado las medidas del ejecutivo).

 

Las medidas son:

  • La subida del IVA del 7% al 8%. A esta modificación tributaria, que afectará a las viviendas de obra nueva, también se le sumará en breve una modificación tributaria del ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales) para las viviendas de segunda mano, cuya competencia es autonòmica, ya que éstas tienen competencia para aumentar la base imponible de este impuesto y nunca disminuirla.
  • Supresión de la deducción fiscal en 2011. A partir de 2011, desaparecerá la deducción fiscal por vivienda habitual, para los que cobren más de 24.000 €. Hay que tener en cuenta que éste es el público objetivo que puede comprar una vivienda, de modo que con esta medida se desincentiva la compra de vivienda. 
  • Aplicación del Código Técnico de Edificación y contra el ruido. Con esto, se pueden sumar fácilmente 11.000 € de coste a una vivienda media. Además, también habría que añadir 1.000 € más por la adecuación de la vivienda al nuevo Documento Básico de Protección contra al Ruido.

También se ha incrementado el precio de la VPO - vivienda de protección oficial, aunque para este caso sí que se mantendrá la deducción por vivienda a partir del 2011. En este caso, el Ejecutivo, en mayo, y por sorpresa, realizó un aumento del interés de los préstamos de las viviendas protegidas del Plan Vivienda. La banca puede cobrar hasta 1,25 puntos porcentuales, en vez de los 0,65 acordados; ello ha supuesto un aumento del 6,89%.

Si a todo esto le sumamos la caída en la concesión de hipotecas por parte de las entidades financieras, no se va a apreciar un incremento de las ventas,… y si la inmobiliaria es uno de los motores económicos de este país, no se ve por donde saldrán los brotes verdes de la economía, por lo menos a corto plazo.

Si volvemos la mirada hacia las medidas para salir de la crisis que han establecido el resto de países Europeos, y comparamos con las que presenta nuestro Gobierno, nos damos cuenta de que las nuestras son bastante “originales”, pero lo que no está tan claro es que sean efectivas…

A día de hoy, el FMI anuncia la recuperación de la economía mundial, excepto España, que seguirá en recesión durante el 2010, convirtiéndose en la única economía europea que sufre dos años consecutivos de recesión. Como acabamos de comentar, todo ello es debido a la falta de estímulos fiscales, cuando no, un aumento fiscal en varios frentes que afectan de lleno al consumidor (en este caso, hablamos del sector inmobiliario).

Gastos extras en la compra de una vivienda

6 Julio, 2009 No hay comentarios

Habitualmente los clientes de QUALinHABITAT me preguntan, además del precio de la vivienda, qué gastos añadidos deberán tener en cuenta al realizar la compra. En el caso de financiación con préstamo hipotecario, que es lo habitual, hace que surjan muchos interrogantes.

Como gastos adicionales, hay que añadirle un 10% del precio de la vivienda aproximadamente. Estos gastos se desglosan en:

  • Gastos por tasación, que se le pagan a la empresa que realiza la tasación: Tinsa, Sociedad de Tasación, etc. Este coste va en función del precio de la vivienda, independientemente de que se adquiera o no el préstamo hipotecario. Por ejemplo, valor de tasación de la vivienda hasta 60.000 € - precio de la tasación: 125 €.
  • Gastos de la notaría. El notario certifica la operación y da fe pública de la escritura. Estos gastos incluyen: tanto la escritura de compraventa como la escritura del préstamo hipotecario.
  • Gastos de registro, que son los gastos generados al inscribir la operación de compraventa y la operación hipotecaria en el Registro de la Propiedad + aranceles registrales del asiento de presentación + notas marginales.
  • Gastos de gestión, producidos por la tramitación y gestión en notaría, Registro de la Propiedad y adminitración de Hacienda.
  • Impuestos: IVA, si es primera transmisión, el 7% o 4% en protección oficial; ITP, si es la segunda o posterior transmisión, 6 - 7% según la Comunidad Autónoma. La base imponible la constituye el valor real de la vivienda; AJD, que graba las primeras copias de escritura de constitución de hipotecas sobre el inmueble y la escritura de compraventa cuando tributan por IVA.

Como todas estas tarifas varían en función del valor de la vivienda, sólo he querido ofrecer una idea general. Habría que entrar en cada caso concreto para conocer exactamente el porcentaje de gastos e impuestos a pagar.